La ley de Seguros n°
17418 fija ciertas obligaciones y deberes de los asegurados. Entre estas cargas figuran
las siguientes:
AGRAVACIÓN DEL RIESGO: Toda
agravación del riesgo asegurado es causa especial de rescisión del seguro y cuando se
deba a un hecho del Asegurado produce la suspensión de la cobertura (Art. 37 y
correlativos). Se debe denunciar antes que se produzca o inmediatamente de conocida.
RETICENCIA: Las
declaraciones falsas o reticencias de circunstancias conocida por el Asegurado,
aún incurridas de buena fe, producen la nulidad del contrato en la condiciones (Art. 5 y
correlativos) (falta de dolo: devolución prima o reajuste prima/dolo o mala fe: no
devolución)
Para evitar inconvenientes es
importante que nos informe
inmediatamente sobre cualquier modificación que se produzca en el objeto
asegurado (auto, casa, comercio, etc.) provocado en forma voluntaria o por terceros.
Por ejemplo:
SEGUROS DE AUTOS
* se cambia su uso:
a) de particular a remise o taxi
b) de particular a profesional (por ejemplo, en caso de pick
up o 4x4 que de usarse
como vehículo familiar se la comienza a emplear en actividades comerciales)
* se coloca equipo de gas (GNC) en su automóvil o pick-up (se debe informar inmediatamente y
entregar fotocopia de la cédula de habilitación del equipo)
* se utiliza el automóvil para remolcar trailers o casas rodantes.
* se cambian las
características del vehículo (por
ejemplo, se carroza una pick-up o se coloca techo rebatible en un auto que no lo tenía) |
SEGUROS DEL HOGAR
* se habilita un comercio en su propia
casa (por ejemplo, en el
garaje o en una habitación que da hacia la calle)
* comienza a utilizarse
como consultorio médico, odontológico o estudio contable, jurídico o cualquier otra
actividad profesional.
* se cambia la ocupación de los
locales que existen en la PB o en algún piso del edificio (por ejemplo, de local de venta de ropa
a kiosco con venta de materiales de pirotecnia, o lavadero)
* se habilita una estación de
servicio u otra actividad comercial riesgosa lindera a la casa o departamento. |
Este INFORME fue realizado
por el Estudio COLOMBO.
Está prohibida su reproducción parcial o total con fines comerciales.
Recuerde que todo contrato de seguro realizado "CON UN ASESOR DE SEGUROS ES MAS
SEGURO"
dudas o consultas
4781-8900 | 4788-4489
| 15 4479-2045

colombo@colomboasesores.com.ar
informes COLOMBO

|