responsabilidad civil profesional médica (praxis
médica)
¿qué cubren los seguros de praxis médica?
La compañía de seguros se obliga a cubrir los reclamos de terceras
personas o sus derechohabiente, por los daños y perjuicios
producidos por los actos y/u omisiones generadores de
responsabilidad civil cometidos a través de su intervención médica
personal en el ejercicio de su actividad. (No cubre al Sanatorio,
Clínica, Laboratorio, Obra Social o Prepaga que deben tener su
propio seguro)
¿cómo lo cubre?
Existen varias opciones:
Algunas lo ampara por lo hechos ocurridos durante la vigencia del
seguro y denunciados o reclamados en dicho período o hasta 10 años
posteriores plazo que coincide con el de la prescripción legal.
Otras pólizas cubren los reclamos dentro de un período de
hasta 2 años posteriores a la vigencia del contrato, pero solo
sobre hechos producidos y denunciados dentro de lo vigencia de
la misma.
Existen, además, alternativas que conjugan parte de cada una de
las opciones indicadas.
Cada caso es diferente a otro, por eso es importante consultarnos
para poder orientarlo sobre que tipo de opciones puede convenirle en
su situación específica.
¿cómo se contrata?
Para contratar el seguro se debe completar un formulario donde se
hacen una serie de preguntas y una vez entregado y aceptado por la
aseguradora comienza la vigencia del seguro.
presupuesto
El costo de esta protección está vinculada con la especialidad de
cada profesional y con el capital a asegurar. Los datos que nos debe
informar son los siguientes:
nombre y apellido:
domicilio (Cap.Fed o Provincia de . . .)
especialidad médica
monto a asegurar
¿es jefe de equipo?
¿tiene algún reclamo o juicio en trámite o con sentencia?
dudas o consultas
11 4781-8900 | 11 4788-4489
15 4479-2045
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