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Despreocúpese, de sus seguros nos ocupamos nosotros |
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opciones de cobertura muerte invalidez permanente parcial y/o total reintegro gastos médicos reintegro gastos farmacéuticos reintegro gastos de sepelio jornal diario
> para obligaciones contractuales > para protección personal
solicitud de presupuesto datos mínimos requeridos: actividad a desarrollar > ejemplos coberturas solicitadas sumas a asegurar vigencia cantidad de personas condición ante el IVA
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detalle de cada cobertura y tipos de actividades
Existe una tendencia cada vez mayor por parte de las empresas de exigir a cualquier trabajador autónomo o monotributista la presentación de un seguro de accidentes para ingresar a sus plantas u oficinas y, en algunos casos, hasta para realizar trabajos o servicios independientes y fuera de sus locales. Existen alternativas de coberturas para quienes ejercen diversas actividades y necesitan de estos seguros.La contratación de estos seguros le permiten cumplir con las obligaciones contractuales que le pueden exigir para realizar un trabajo o efectuar un servicio. Pero, además, le brinda protección económica y financiera al tomador del seguro y tranquilidad a la familia del trabajador asegurado. Entre las varias actividades que se puede asegurar enumeramos las más usuales:
- albañiles (hasta 5mts de altura / trabajos interiores y/o exteriores) - supervisores de obra - vendedores - promotores - cadetes / repartidores (sin moto) - plomeros - pintores - servicios de vigilancia (sin armas) - mozos - mucamas - mecánicos - médicos - jardineros - herreros - electricistas - cobradores - choferes - administrativos
Para el personal doméstico: > no registrado: se puede contratar un seguro de accidentes personales > registrado: se debe contratar un seguro de Riesgos del Trabajo en una ART
Las coberturas más usuales son: > muerte
En todos los casos siempre que estos hechos se produzcan a consecuencia de un accidente -> "cualquier acontecimiento repentino, externo, fortuito no evitable por el asegurado, libre de toda intencionalidad".Cómo se cubre a trabajadores, el accidente "debe ocurrir exclusivamente a causa o con motivo del trabajo, incluyendo el 'in-itinere' ". Las consecuencias del accidente se deben manifestar, a lo sumo, dentro del año subsiguiente al momento de producido.
Por el tipo de seguro no requiere exámenes de salud previos.
Entre las exclusiones más importantes figuran las enfermedades pre-existentes, y los accidentes causados por vértigos, vahídos, lipotimias, convulsiones o parálisis y los que ocurran por estado de enajenación mental o por estado de ebriedad o por estar bajo la influencia de estupefacientes o alcaloides. Tampoco se cubren los que ocurran cuando participa en actividades riesgosas (carreras, ejercicios o juegos atléticos de acrobacia o de carácter excepcional) y los derivados del uso de motocicletas y bicicletas en la vía pública (existen otras exclusiones que figuran en las condiciones generales de cobertura de cada aseguradora)
dudas o consultas
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