“Cuando una puerta
se cierra otra se abre; pero miramos por tanto tiempo y con tanto pesar
la puerta cerrada que no vemos las que se abren para nosotros…” "e-colombo" es una publicación mensual y gratuita con contenidos orientados a informar, orientar y difundir temas vinculados a la prevención de accidentes, seguros en general, riesgos del trabajo y temas afines con el objetivo de brindar las herramientas necesarias para lograr seguridad, protección y mayores beneficios en su actividad profesional, comercial y particular.
"Una voz dulce y suave pero vacía de contenido . . ." Desde hace varios años los productores asesores de seguros estamos obligados a realizar cursos de capacitación y perfeccionamiento con temas determinados por la Superintendencia de Seguros de la Nación vinculados a nuestra actividad profesional y también a normas legales, de prevención y de seguridad. Son pocas las profesiones que tienen este tipo de obligaciones (por ejemplo, los contadores y los abogados no la tienen). Sin duda, nos favorece a nosotros para estar más actualizados y a nuestros clientes porque podemos asesorarlos con un mayor nivel de conocimiento. Son 12 horas anuales obligatorias de perfeccionamiento. Pero, Ud. se dará cuenta que con tan poca cantidad de horas no alcanza para estar actualizado con respecto a todo el universo de temas que un verdadero profesional de seguros debe abarcar. Muchos productores asesores, a su vez, realizamos cursos y jornadas, participamos en seminarios, nos suscribimos a revistas, publicaciones o newsletters, intervenimos en grupos de discusión a través de internet, recibimos boletines de las aseguradoras, estudiamos nuevas coberturas, analizamos las resoluciones, decretos y circulares que periodicamente emiten los organismos de control (Superintendencia de Seguros y de Riesgos del Trabajo, Ministerio de Economía, IGJ, AFIP, etc.). La carga horaria obligatoria de capacitación es ínfima comparada con el tiempo que le dedicamos al estudio voluntario. ¿Para qué nos sirve?. Como dije más arriba, cuánto más conozco sobre un tema mejor puedo asesorar, aconsejar y sugerir a quien me consulta. Ud. sabe esto porque es nuestro cliente o porque lee mensualmente nuestro newsletter o recibe periodicamente nuestros 3 e-colombo: 'noticias', 'prevención' y 'a.r.t.'. "Ud. sabe que nosotros sabemos" y que puede consultarnos sus dudas, sus inquietudes y sus problemas y que recibirá una respuesta, una sugerencia o un consejo adecuado. Pero mucha gente cree que el productor de seguros es solo un vendedor que recita un libreto, un ser muy simpático y divertido, un gran 'versero' que tiene una respuesta para todo. Un verdadero profesional no tiene siempre una respuesta para todo pero tiene la seguridad y la honestidad para reconocerlo y el conocimiento y la experiencia para buscarla. ¿Porqué esta introducción?. "La Caja", varios bancos, las concesionarias de autos, las tarjetas de créditos todos 'venden seguros'. Lo que resulta llamativo es que el personal "de ventas" de estas entidades no están obligadas a capacitarse, a realizar cursos de actualización, de perfeccionamiento, de conocer sobre leyes, decretos, resoluciones. Solo deben "vender, vender y vender". La póliza de seguro es un contrato al que el asegurado adhiere. Y, como todo contrato, tiene obligaciones y derechos para las partes. Tiene requisitos a cumplir, compromisos que se asumen, plazos perentorios para informar, etc. Solo un profesional productor asesor de seguros puede brindarle su conocimiento, idoneidad y experiencia para que la póliza que Ud. contrata no se transforme en un simple "papel con letras" y que la cobertura prevista no sea solo la ilusión o el encanto de una voz dulce y suave pero vacía de contenido del otro lado del teléfono. ===== Recuerde nuestras publicaciones periódicas: "e-colombo noticias": es un informe donde incluimos un tema de actualidad que explicamos detalladamente, le brindamos ejemplos y la posibilidad de ampliarlo ingresando en nuestra página www.colomboasesores.com.ar . "e-colombo art": en este informe incluimos todas las resoluciones que emita la SRT (Superintendencia de Riesgos del Trabajo), además de consejos para evitar accidentes laborales y toda la información referida a las modificaciones a la actual ley de riesgos del trabajo. "e-colombo prevención": en esta publicación brindamos datos, consejos, ideas y contamos experiencias para prevenir, minimizar o evitar la ocurrencia de accidentes en su hogar, en el edificio donde vive o trabaja, en su empresa, en su negocio, en su industria, en la calle, en su automovil, etc. Para ver los "e-colombo" que enviamos en este mes ingrese en nuestra página www.colomboasesores.com.ar Por último: ¿su publicidad en nuestros newsletter? ? ?-> publicidad en "e-colombo"
Comentarios, sugerencias, opiniones --> e-colombo@colomboasesores.com.ar "Apodos para la oficina" > Balde de plástico: Se raja cuando
uno mas lo necesita Gracias a los que nos envían temas para esta sección. Si desea enviarnos alguna anécdota, comentario divertido o chiste vinculado a la prevención y al seguro -> e-colombo@colomboasesores.com.ar "Seguro
de Vida Obligatorio -> modificaciones y obligaciones" En nuestro "e-colombo noticias n°9" informamos sobre las modificaciones que se introdujeron en las Condiciones Generales de este seguro a partir del 01-10-05.
Sin
embargo queremos destacar el tema de la
DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS Es
muy importante que el
formulario de Designación de Beneficiarios sea debidamente completado por el Tomador y el Asegurado. En
caso de no efectuarse designación de beneficiarios o si por cualquier
causa la designación se tornara ineficaz o quede sin efecto, se estará a
lo reglado por los Artículos 53 y 54 de la Ley Nro. 24.241
(Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones). Estos
artículos establecen que los destinatarios de los beneficios
previsionales serán los siguientes:
De
no existir derechohabientes de conformidad a la definición anterior, la
normativa previsional establece que los beneficiarios serán los herederos
legales. Para evitar demoras o el cumplimiento de otras obligaciones legales (sucesiones, declaratoria de herederos) previas al cobro de este beneficio en los casos que corresponda, es necesario que cada empleado en relación de dependencia complete estos formularios, que entregue al empleador el original y el duplicado y se guarde el triplicado Si Ud. tiene contratado este seguro por nuestro intermedio y desea actualizar el formulario de Designación de Beneficiarios solicítenos el envio del mismo -> formulario Vida Obligatorio Para ver la nueva Reglamentación completa de este seguro: www.colomboasesores.com.ar/seguros/M1-vidacol.htm Por consultas, comentarios, opiniones o preguntas --> colombo@colomboasesores.com.ar "A
más juicios + más costo: ¿quién lo paga?" Resulta increíble lo que ocurre en Argentina con lo que queda de la Ley de Riesgos del Trabajo. Tres sentencias de la Corte Suprema de Justicia, total inacción de los legisladores e intereses contrapuestos del gobierno, empresarios y sindicatos logran un efecto devastador para todo el sistema de reparación de accidentes. ¿Quién paga esto? -> Ud. como empleador o como empleado porque la inseguridad provoca menos trabajo legal, implica mayores costos, menor rentabilidad, menores sueldos y menor inversión. Veamos lo que está ocurriendo actualmente: (Diario La Nación 15-10-05 -
resumen) Para otras consultas, comentarios y opiniones --> colombocolomboasesores.com.ar "Documentación
indispensable para poder circular en un automovil" En esta nota trataremos el "famoso" tema del comprobante del seguro y la "exigencia" policial de los "recibos de pago del seguro". La ley de Tránsito nro. 24449 en su Art. 40 señala los requisitos indispensables para circular. Menciona, entre otros, los siguientes:
Uno de los items obliga a llevar el comprobante de seguro, en vigencia, que menciona el ART. 68. Este artículo se refiere al SEGURO OBLIGATORIO y dice: "Todo automotor, acoplado o semiacoplado debe estar cubierto por seguro, de acuerdo a las condiciones que fije la autoridad en materia aseguradora, que cubra eventuales daños causados a terceros, transportados o no. Este seguro obligatorio será anual y podrá contratarse con cualquier entidad autorizada para operar en el ramo, la que debe otorgar al asegurado el comprobante que indica el inciso c) del ARTICULO 40" Es decir, la aseguradora debe entregar una "tarjeta" u otro tipo de comprobante donde figuren los datos del asegurado, nro. de póliza, vigencia, automovil, nro. de patente, motor y carrocería. Y nada más. El Dec. 779/95 (Reglamentario de esta Ley) en su Anexo 2 hace referencia al Regimen de contravensiones y sanciones por faltas cometidas a la misma. En relación al Art. 40 señala en su inc.
c)
2- Sin tener cobertura de seguro vigente, será sancionado con multa de 300 U.F. hasta 1.000 U.F. En ningún momento obliga a contar con el comprobante de pago del seguro. Solo es necesario llevar el 'comprobante del seguro'. Si tiene la "fortuna" de ser detenido por un agente policial y le exige "el recibo del seguro" solo mencione que el Art. 40 y 68 de la Ley 24449 (de Tránsito) solo exige el "comprobante del seguro" y que el Dec. reglamentario 779/95 no sanciona con ningún tipo de multa no tener esos comprobantes de pago (obviamente, porque la ley no lo exige). MUY IMPORTANTE: No nos hacemos responsables de la reacción del agente policial, pero, la verdad es esa !!! Consultas, comentarios y opiniones --> e-colombo@colomboasesores.com.ar (volver al índice)
Seguros para el hogar -> ¿qué cubren estos seguros? / adicionales gratuitos / opciones de cobertura / tipos de seguros / planes cerrados / planes abiertos / presupuestos Seguros para automóviles -> ¿qué cubren estos seguros? / alternativas de coberturas / servicios adicionales gratuitos / beneficios del seguro /opciones / ¿qué hacer en caso de siniestro? / ¿qué hacer en caso de robo total o daño total? / presupuestos Seguros para comercios -> ¿qué cubren estos seguros? / alternativas de cobertura / beneficios de los seguros para comercios / presupuestos Seguros para consorcios -> ¿qué cubren estos seguros? / alternativas de cobertura / beneficios de los seguros integrales para consorcios / ¿cuáles son las partes propias y comunes? / presupuestos / ejemplo de presupuesto Seguros agrícolas -> ¿qué cubren estos seguros? / alternativas de cobertura / beneficios de los seguros agrarios / presupuestos Seguros de Vida Colectivo -> ¿para qué sirve? / ¿qué tipo de seguros existen? / Vida Obligatorio / Vida Ley Contrato de Trabajo / Vida Convenios Colectivos / presupuestos / modificaciones en el Seguro de Vida Obligatorio. Seguros de caución -> ¿qué cubren? / tipos de seguros / requisitos previos para su contratación / presupuestos / GARANTIA PARA ADMINISTRADORES DE SOCIEDADES (Res. 20/04 IGJ) > > imprima Formulario de Solicitud < < Servicios
Especiales Riesgos del Trabajo -> leyes, decretos y resoluciones actualizadas diariamente / > qué hacer en caso de un accidente / > impresión de formularios para pago de cuotas / > alta temprana / > está su empresa afiliada a una ART? / > obtenga su nro. de CUIL Auditorias de Seguros -> ¿en qué consiste?, ¿a quién está dirigido?, ¿de qué forma se puede contratar? Auditorias de Consorcios -> ¿en qué consiste?, ¿cuáles son las ventajas?, ¿quienes se benefician?, formas de contratación 7 - NUESTRA PAGINA EN INTERNET: Recuerde que como complemento del Newsletter "e-colombo" contamos con nuestra página en internet www.colomboasesores.com.ar . El efecto sinérgico que logran ambas permite el mejor aprovechamiento de toda la información que podemos brindarle sobre prevención y seguros. Le sugerimos que la visite periódicamente porque encontrará muchísima información sobre seguros y prevención: tipos de seguros, coberturas, leyes, resoluciones, colaboraciones técnicas, métodos para evaluar a su aseguradora, respuesta a preguntas frecuentes, etc.. Además de los beneficios que obtienen nuestros clientes (Cliente Colombo, Informes Colombo) y links con la AFIP (para el Alta Temprana), con el ANSES (para obtener su Constancia de CUIL/CUIT) y con la SRT (para averiguar el estado de su contrato con la ART). Además puede imprimir los formularios para el pago de las cuotas de su seguro de riesgos del trabajo (ART): formularios AFIP 817 y 801/C. Hemos incluido, al inicio de la página de SEGUROS la posibilidad de ingresar directamente a "su sector exclusivo" como "usuario registrado" con su clave personal, tanto para clientes, como para administradores de consorcios. Si no tiene su 'clave personal' puede solicitarla a: carlos@colomboasesores.com.ar Actualizaciones en el mes de OCTUBRE'2005: a) riesgos
del trabajo --> Nuevas Resoluciones RESOLUCION SRT 1906/2005 (66-10-2005) RESOLUCION SRT 2062/2005
(25-10-05)
b) links: hemos incluido nuevos links hacia páginas de Organismos públicos vinculados a nuestra actividad, páginas de nuestro clientes, y otras de interés general -> www.colomboasesores.com.ar/links/links.htm c) informes Colombo:
posibilidad de ingresar a la totalidad de los Informes Colombo para quienes
no son clientes a través de una 'clave de invitado' que puede solicitarla
a carlos@colomboasesores.com.ar 8 - ADMINISTRACIÓN DEL NEWSLETTER Recibe este Newsletter en razón de haberse suscripto al mismo, formar parte de nuestra cartera de clientes o por haber sido suscripto o invitado por un amigo que considera pueda ser de su interés. R e c o m i e n d e e s t e n e w s l e t t e r Para borrarse: e-colombo@colomboasesores.com.ar => en el "Asunto": borrarme. Para compartirlo: "reenvíelo" ("reenviar" o "forward") a la persona que desee que lo reciba; o detállenos el nombre y la dirección de correo de estas personas para que nosotros se lo enviemos. Recuerde que la suscripción es gratuita. Si Ud. lo recibió de algún amigo o colega envíenos su mensaje a alta-suscripcion@colomboasesores.com.ar indicando en el "asunto" o "Subjetc": suscribirme gratis. Para conseguir los números anteriores: a) si tiene acceso a internet: ingrese en www.colomboasesores.com.ar y haga click en el icono "newsletter e-colombo" b) si no tiene acceso a internet: solicite los informes que desee, enviándonos un mensaje a e-colombo@colomboasesores.com.ar. Por cualquier otro tema vinculado a sus suscripción a este newsletter (cambio de dirección de e-mail, consultas, pedidos especiales, etc.): e-colombo@colomboasesores.com.ar Sus mensajes y otros datos personales son confidenciales. Nunca entregaremos nuestra base de datos a ninguna persona o institución porque respetamos su privacidad. Autorizamos la reproducción parcial o total con nuestro previo consentimiento por escrito. Siempre se debe indicar la fuente y crear un link hacia nuestra página en internet www.colomboasesores.com.ar Si desea participar con algún artículo relacionado con los temas tratados o con un comentario u opinión envíelo a e-colombo@colomboasesores.com.ar (*)
Autor de la frase de inicio del newsletter: - Alexander
Graham Bell ( Edimburgo , Reino Unido , 1847 - Beinn Bhreagh, Canadá , 1922 )
Científico y logopeda estadounidense de orígen escocés.
Históricamente
se le ha considerado el inventor del teléfono . Sin embargo existen indicios
que apuntan a que copió dicho aparato de su legítimo inventor Antonio Meucci.
Nació en
Edimburgo , Escocia en el seno de una familia dedicada a la locución y corrección
de la pronunciación. Estudió en la Royal High School de Edimburgo, y asistió
a algunas clases en la Universidad de Edimburgo y el University College
londinense, pero su formación fue básicamente autodidacta. Responsable: Dr. Carlos E.
Colombo Maipú 216 2do.
piso of. F - (C1084 ABF) Buenos Aires - Argentina |