"Si
buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo" "e-colombo" es una publicación mensual y gratuita con contenidos orientados a informar, orientar y difundir temas vinculados a la prevención de accidentes, seguros en general, riesgos del trabajo y temas afines con el objetivo de brindar las herramientas necesarias para lograr seguridad, protección y mayores beneficios en su actividad profesional, comercial y particular.
"No puede existir
una cosa, legal o moral, que esté prohibida al No recuerdo donde leí ni el nombre del autor de la frase que titula nuestra editorial. Pero me da pie para un comentario que tiene relación con la vida dentro de una sociedad. Esta frase resulta muy actual para los habitantes de la ciudad de Buenos Aires que debemos padecer, sin ningún tipo de control, la actividad de los "piqueteros" que cortan el tránsito de calles y avenidas a cualquier hora, cualquier día (salvo sábados y domingos -no se porqué ? ? ?) y en cualquier lugar, que impiden el ingreso de personas en edificios públicos, que rompen y ensucian monumentos y plazas, que agreden a simples transeúntes o conductores de vehículos y que amenazan a empresas privadas impidiendo el cobro de boletos o peajes. Mientras tanto el Estado que debe velar por nuestra libertad para circular, nuestra seguridad y nuestros derechos ciudadanos solo mira. Siempre me pregunté que pasaría si un día decido cortar la calle donde vivo, pintar el monumento de la plaza de mi barrio con leyendas políticas o con el nombre de mi equipo de fútbol, tirar una piedra y romper el vidrio de un negocio, no permitir que las personas ingresen a una repartición pública o "matonear" a un funcionario. Seguramente la ley caerá sobre mi porque yo no soy "muchedumbre", soy un simple individuo como todos los que leen este newsletter y que solo tenemos los medios legales para hacer valer nuestros derechos. No estoy planteando que todos los suscriptores nos juntemos para cortar calles pero si que le hagamos entender al funcionario de turno a través del voto cuál es nuestra posición: que "no puede existir una cosa, legal o moral, que esté prohibida al individuo y permitida a la muchedumbre". Las masas (no me refiero a las rellenas con dulce de leche y bañadas en chocolate sino a un 'conjunto de individuos que amontonados pierden su individualidad') no pueden tener derechos que cada persona no tiene o no puede vulnerar impunemente los derechos de cada individuo sin que exista una sanción. Entiendo que no estamos viviendo con la "ley de la selva" debajo del brazo sino con leyes que la misma sociedad, a través de los gobernantes elegidos, ha dictado. Y esos mismos funcionarios son quienes están obligados (por el mandato que les dimos) a hacerlas cumplir. La prevención y el seguro necesitan que las leyes, resoluciones y decretos se apliquen para que vivir dentro de una sociedad implique un menor riesgo (en todo sentido) que vivir en una selva donde no existen leyes sino que la única ley es la del más fuerte. Ojalá que se entienda la importancia del cumplimiento de las leyes porque es la única forma de poder vivir sensatamente dentro de un barrio, una ciudad, una provincia o un país. ===== Recuerde nuestras publicaciones periódicas: "e-colombo noticias": es un informe donde incluimos un tema de actualidad que explicamos detalladamente, le brindamos ejemplos y la posibilidad de ampliarlo ingresando en nuestra página www.colomboasesores.com.ar . "e-colombo art": en este informe incluimos todas las resoluciones que emita la SRT (Superintendencia de Riesgos del Trabajo), además de consejos para evitar accidentes laborales y toda la información referida a las modificaciones a la actual ley de riesgos del trabajo. "e-colombo prevención": en esta publicación brindamos datos, consejos, ideas y contamos experiencias para prevenir, minimizar o evitar la ocurrencia de accidentes en su hogar, en el edificio donde vive o trabaja, en su empresa, en su negocio, en su industria, en la calle, en su automovil, etc. Para ver los "e-colombo" que enviamos en este mes ingrese en nuestra página www.colomboasesores.com.ar Para evitar una excesiva extensión de los "e-colombo" que enviamos por e-mail solo incluimos la primera parte o un resumen de cada nota. Podrá leer el artículo completo en la edición que publicamos en nuestra página en internet.
Por último: agradecemos a OPSA - Odontología Personalizada (www.opsa.com) por haber reproducido en su Newsletter de agosto'2005 nuestro editorial del "e-colombo" nro. 60 de julio'2005 (para volver a leerlo -> pulse aquí)
Comentarios, sugerencias, opiniones --> e-colombo@colomboasesores.com.ar "Es mejor permanecer
en silencio y parecer estúpido que abrir la boca y confirmarlo" Si desea enviarnos alguna anécdota, comentario divertido o chiste vinculado a la prevención y al seguro -> e-colombo@colomboasesores.com.ar "El
fraude en el seguro en Argentina" El
diario InfoBAE publicó el pasado 28-11-2004 un artículo donde informa sobre el
crecimiento del fraude a las aseguradoras. La
periodista Laura Luz Ojeda explicó que se "estiman
que el 15% de los siniestros que pagan las aseguradoras son “armados” y"
que "implican pérdidas anuales del orden de los $675 millones. Desde hace
dos años los fraudes a las compañías de seguro se transformaron en una práctica
cada vez más frecuente. En el mercado aseguran que de la mano de la crisis,
personas que nunca hubieran recurrido a estos mecanismos, fueron tentados por la
desesperación". “En este tiempo hubo mucha gente que se encontró con la dificultad de pagar el auto que habían comprado por medio de un préstamo, así que optaban por hacerlo desaparecer". Entonces era la compañía de seguros la que tenía que hacerse cargo del pago al banco”, explicó el gerente de siniestros de una compañía líder".
Como se menciona en el artículo "el problema no es sólo para las compañías, en definitiva los costos de estas maniobras son trasladados a los clientes. Aunque advierten que sólo si pudiera reducirse el índice de una manera sustancial significaría una baja palpable en la cuota de los asegurados. Estos robos inventados atacan a todos los sectores del mercado, seguros generales (auto y hogar) y vida, sin distinción".
Resulten
insólitas y dramáticas las historias que se inventan: Los
trucos más frecuentes *
Abultamiento: es uno
de los más frecuentes. Ante el daño consumado los damnificados incrementan de
alguna manera el monto del siniestro. *
Préstamo de la póliza: una
táctica entre “buenos amigos”. Una persona que tiene algún toque o debe
reparar alguna parte de su vehículo le pide a un amigo con póliza contra
terceros completo, simular un coche para que la aseguradora deba enfrentar el
pago. *
Fraguado: se da más
frecuentemente en los seguros de hogar y hay gente que vive de esta práctica.
Se inventa un siniestro, por ejemplo el robo a una casa para cobrar el costo de
los electrodomésticos supuestamente robados. *
Rompehuesos: involucra
a profesionales médicos y letrados que especulan con gente de las villas. Les
pagan una suma mínima por quebrarle algún hueso, principalmente en las
extremidades. En cambio los abogados piden a la aseguradora de la empresa donde
supuestamente sucedió el hecho sumas del orden de los $15.000. *
Seguros de vida: en
este rubro se detectaron bandas de profesionales vinculados con falsos
psiquiatras que toman pacientes en tratamiento, les sugieren tomar una póliza y
les indican nombrarlos beneficiarios. En tanto durante la supuesta curación los
inducen al suicidio. * El rayo: son casos de montos menores. Adjudican a una tormenta eléctrica el desperfecto de un electrodoméstico".
En nuestro Newsletter n° 30 (nov'2002) con el título "Por culpa del 'avivado' pago más por mi seguro" nos referimos a este tema (puede leer el Editorial de ese "e-colombo" aquí www.colomboasesores.com.ar/e-colombo/30-200211.htm#EDITORIAL).
El que comete un fraude no es un 'genio', 'ídolo', 'piola' o como quiera llamarlo. Es un delincuente que nos está perjudicando indirectamente a todos nosotros. Por consultas, comentarios, opiniones o preguntas --> colombo@colomboasesores.com.ar Servicio de Medicina en el Trabajo En
el mes de noviembre de 1996 a través del Decreto 1338 se modificó el Decreto
351/79 en lo relativo a los Servicios de Medicina y de Higiene y Seguridad en
el Trabajo. En
su Art. 5 se establece que el
Servicio de Medicina del Trabajo tiene como misión fundamental promover y
mantener el más alto nivel de salud de los trabajadores, debiendo ejecutar,
entre otras, acciones de educación sanitaria, socorro, vacunación y estudios
de ausentismo por morbilidad. Su función es esencialmente de carácter
preventivo, sin perjuicio de la prestación de la asistencia inicial de las
enfermedades presentadas durante el trabajo y de las emergencias médicas
ocurridas en el establecimiento, hasta tanto se encuentre en condiciones de
hacerse cargo el servicio médico que corresponda. Se
determina que estos servicios deben estar dirigidos por graduados
universitarios especializa-dos en Medicina del Trabajo con título de
Médico del Trabajo. Para
los casos de empleadores con más de 151 trabajadores (*) se deben asignar determinadas cantidades de "horas-médico
semanales" en planta, de acuerdo al total de personal. Cuando
existen menos de 151 trabajadores (*) la asignación de estas horas-médico es
voluntaria, excepto que la Superintendencia de Riesgos del Trabajo considere
que por el tipo de riesgo se deben asignar una determinada cantidad de horas-médico.
Esto no significa que los empleadores
con menos de 151 trabajadores (*) no debe tener un Servicio de
Medicina del Trabajo, sino que no tienen una carga horaria semanal
preestablecida. Todos
los empleadores,
aún aquellos que cuenten con un solo empleado deben
tener un servicio de este tipo, contratado en forma de abono mensual o
para cada necesidad puntual (por ejemplo, el control de ausentismo en
domicilio, la atención médica en domicilio, la asesoría legal-laboral,
auditoría médica para ciertas situaciones de tratamientos médico en forma
particular o por la obra social que requiera su verificación y control). Cada
empleado
debería
tener una historia clínica que incluya el resultado del examen
preocupacional obligatorio, un detalle de su estado de salud, tratamiento de
determinadas enfermedades no profesionales, temas de educación sanitaria
informados, resultado de los exámenes periódicos, y toda información
relativa a la salud en general del mismo. (*)
trabajadores equivalentes =
trabajadores dedicados a tareas de producción + el 50% de trabajadores
asignados a tareas administrativas Para otras consultas, comentarios y opiniones --> colombo@colomboasesores.com.ar "Las luces de los autos en la Ciudad de Buenos Aires" El GCBA aprobó hace más de 2 años (julio'2002= una resolución por la cual es obligatorio el uso de las luces medias (bajas) a toda hora en autopistas y algunas avenidas de la Ciudad de Buenos Aires. ¿Cuáles son esas autopistas y avenidas?
Las multas previstas para quienes no cumplan con esta obligación rondan entre los $ 25 y los $ 100. Recuerde que no se trata de las luces "de posición" sino que deben encenderse las "luces bajas" del automóvil. Consultas, comentarios y opiniones --> e-colombo@colomboasesores.com.ar (volver al índice)
Seguros para el hogar -> ¿qué cubren estos seguros? / adicionales gratuitos / opciones de cobertura / tipos de seguros / planes cerrados / planes abiertos / presupuestos Seguros para automóviles -> ¿qué cubren estos seguros? / alternativas de coberturas / servicios adicionales gratuitos / beneficios del seguro /opciones / ¿qué hacer en caso de siniestro? / ¿qué hacer en caso de robo total o daño total? / presupuestos Seguros para comercios -> ¿qué cubren estos seguros? / alternativas de cobertura / beneficios de los seguros para comercios / presupuestos Seguros para consorcios -> ¿qué cubren estos seguros? / alternativas de cobertura / beneficios de los seguros integrales para consorcios / ¿cuáles son las partes propias y comunes? / presupuestos / ejemplo de presupuesto Seguros agrícolas -> ¿qué cubren estos seguros? / alternativas de cobertura / beneficios de los seguros agrarios / presupuestos Seguros de Vida Colectivo -> ¿para qué sirve? / ¿qué tipo de seguros existen? / Vida Obligatorio / Vida Ley Contrato de Trabajo / Vida Convenios Colectivos / presupuestos / modificaciones en el Seguro de Vida Obligatorio. Seguros de caución -> ¿qué cubren? / tipos de seguros / requisitos previos para su contratación / presupuestos / GARANTIA PARA ADMINISTRADORES DE SOCIEDADES (Res. 20/04 IGJ) > > imprima Formulario de Solicitud < < Servicios
Especiales Riesgos del Trabajo -> leyes, decretos y resoluciones actualizadas diariamente / > qué hacer en caso de un accidente / > impresión de formularios para pago de cuotas / > alta temprana / > está su empresa afiliada a una ART? / > obtenga su nro. de CUIL Auditorias de Seguros -> ¿en qué consiste?, ¿a quién está dirigido?, ¿de qué forma se puede contratar? Auditorias de Consorcios -> ¿en qué consiste?, ¿cuáles son las ventajas?, ¿quienes se benefician?, formas de contratación 7 - NUESTRA PAGINA EN INTERNET: Recuerde que como complemento del Newsletter "e-colombo" contamos con nuestra página en internet www.colomboasesores.com.ar . El efecto sinérgico que logran ambas permite el mejor aprovechamiento de toda la información que podemos brindarle sobre prevención y seguros. Le sugerimos que la visite periódicamente porque encontrará muchísima información sobre seguros y prevención: tipos de seguros, coberturas, leyes, resoluciones, colaboraciones técnicas, métodos para evaluar a su aseguradora, respuesta a preguntas frecuentes, etc.. Además de los beneficios que obtienen nuestros clientes (Cliente Colombo, Informes Colombo) y links con la AFIP (para el Alta Temprana), con el ANSES (para obtener su Constancia de CUIL/CUIT) y con la SRT (para averiguar el estado de su contrato con la ART). Además puede imprimir los formularios para el pago de las cuotas de su seguro de riesgos del trabajo (ART): formularios AFIP 817 y 801/C. Hemos incluido, al inicio de la página de SEGUROS la posibilidad de ingresar directamente a "su sector exclusivo" como "usuario registrado" con su clave personal, tanto para clientes, como para administradores de consorcios. Si no tiene su 'clave personal' puede solicitarla a: carlos@colomboasesores.com.ar Actualizaciones en el mes de SEPTIEMBRE'2005: a) riesgos
del trabajo --> Nuevas Resoluciones RESOLUCION SRT 1830/2005 (26-09-2005) b) links: hemos incluido nuevos links hacia páginas de Organismos públicos vinculados a nuestra actividad, páginas de nuestro clientes, y otras de interés general -> www.colomboasesores.com.ar/links/links.htm c) informes Colombo:
posibilidad de ingresar a la totalidad de los Informes Colombo para quienes
no son clientes a través de una 'clave de invitado' que puede solicitarla
a carlos@colomboasesores.com.ar 8 - ADMINISTRACIÓN DEL NEWSLETTER Recibe este Newsletter en razón de haberse suscripto al mismo, formar parte de nuestra cartera de clientes o por haber sido suscripto o invitado por un amigo que considera pueda ser de su interés. R e c o m i e n d e e s t e n e w s l e t t e r Para borrarse: e-colombo@colomboasesores.com.ar => en el "Asunto": borrarme. Para compartirlo: "reenvíelo" ("reenviar" o "forward") a la persona que desee que lo reciba; o detállenos el nombre y la dirección de correo de estas personas para que nosotros se lo enviemos. Recuerde que la suscripción es gratuita. Si Ud. lo recibió de algún amigo o colega envíenos su mensaje a alta-suscripcion@colomboasesores.com.ar indicando en el "asunto" o "Subjetc": suscribirme gratis. Para conseguir los números anteriores: a) si tiene acceso a internet: ingrese en www.colomboasesores.com.ar y haga click en el icono "newsletter e-colombo" b) si no tiene acceso a internet: solicite los informes que desee, enviándonos un mensaje a e-colombo@colomboasesores.com.ar. Por cualquier otro tema vinculado a sus suscripción a este newsletter (cambio de dirección de e-mail, consultas, pedidos especiales, etc.): e-colombo@colomboasesores.com.ar Sus mensajes y otros datos personales son confidenciales. Nunca entregaremos nuestra base de datos a ninguna persona o institución porque respetamos su privacidad. Autorizamos la reproducción parcial o total con nuestro previo consentimiento por escrito. Siempre se debe indicar la fuente y crear un link hacia nuestra página en internet www.colomboasesores.com.ar Si desea participar con algún artículo relacionado con los temas tratados o con un comentario u opinión envíelo a e-colombo@colomboasesores.com.ar (*)
Autor de la frase de inicio del newsletter: - Albert Einstein (14
de marzo de 1879
– 18 de
abril de 1955),
nacido en Alemania
y nacionalizado estadounidense,
es uno de los científicos
más conocidos y trascendentes del Siglo
XX. Siendo un joven físico desconocido, empleado en la Oficina de Patentes de
Berna (Suiza), publicó su Teoría
de la Relatividad especial en 1905. En ella incorporó, en un marco teórico
simple y con base en postulados físicos sencillos, conceptos y fenómenos
estudiados anteriormente por Henri
Poincaré y Hendrik
Lorentz. Probablemente, la ecuación de la física más conocida a nivel
popular es la expresión matemática de la equivalencia masa - energía, E=mc²,
deducida por Einstein como una consecuencia lógica de esta teoría. Ese mismo año
publicó otros trabajos que sentarían algunas de las bases de la física
estadística y la mecánica
cuántica. En 1916 presentó
la Teoría
de la Relatividad general, en la que reformuló por completo el concepto de
gravedad. Una de las consecuencias fue el surgimiento del estudio científico
del origen y evolución del Universo por la rama de la física denominada Cosmología.
Muy poco después Einstein se convirtió en un icono popular de la ciencia
alcanzando fama mundial, un privilegio al alcance de muy pocos científicos. Obtuvo el
Premio
Nobel de Física en 1921
por su explicación del efecto
fotoeléctrico y sus numerosas contribuciones a la física
teórica. Responsable: Dr. Carlos E.
Colombo Maipú 216 2do.
piso of. F - (C1084 ABF) Buenos Aires - Argentina |