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0 :. información de interés
Recuerde: una póliza de seguro le brinda
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1 :. editorial: (algunas) claves para el éxito | |||
En la publicación SELLINGPOINT - N° 209 del 28-12-2010 incluyeron un nota donde brindan algunas claves para alcanzar el éxito que aparecen en un corto video que se puede ver en www.ted.com/talks/lang/spa/richard_st_john_s_8_secrets_of_success.html. Las 8 claves que mencionan son: pasión, trabajo, ser bueno en lo que uno hace, foco, empuje, servir a los demás, ideas y persistencia. La gente de SellingPoint también indican que hay uno fundamental, que no está entre las mencionadas, y es tener claro el objetivo y el propósito, en otras palabras "el para qué voy a hacer lo que me propongo como objetivo". Dicen además que "los profesionales, es decir, aquellos que venden cientos de miles de dólares al año vendiendo producto o servicios "cara a cara"... le dirán que cuando entran a una situación de venta, NUNCA están enfocados en vender, su enfoque es el de ayudar al cliente a determinar si el producto o servicio que ellos tienen es el correcto para ellos. Y, si no lo es, sencillamente se retiran y van hacia el siguiente prospecto. Pero, si el producto es el correcto, ellos "cierran" la venta de inmediato, por que saben que es en el mejor interés del cliente que adquieran el producto o servicio YA! Ellos les están haciendo un favor. Les están dando un servicio. NO les están vendiendo... ellos están ayudando. La venta no consiste en vender. La venta consiste en ayudar a la gente. Y, si su producto se ajusta a las necesidades de su prospecto, entonces usted les estará perjudicando si no cierra la venta." Coincidimos plenamente con estos conceptos e ideas. Sin duda que el verdadero profesional (sin importar la actividad que desarrolle) debe tener como objetivo el ayudar a los demás a solucionar un problema determinado. Si puede hacerlo le ofrecerá el producto o servicio que mejor se adecue a satisfacer esa necesidad y si no puede le dirá que no está a su alcance ayudarlo. El que "obliga" a comprar lo que no se necesita (típico caso de los bancos que ponen como condición para la entrega de un préstamo la contratación de un seguro para la casa, auto o de vida) vende una sola vez pero lo más grave es que termina desprestigiando el servicio o producto. Todo consejo y sugerencia es bienvenida -> e-colombo@colomboasesores.com.ar |
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:. seguros:
¿qué es la "RC"
en los seguros de autos? La cobertura básica de los seguros de automóviles es la de Responsabilidad Civil hacia terceros. Adicionalmente se pueden cubrir otros riesgos que ya fueron descriptos en números anteriores de nuestro Newsletter. |
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Cuando una
póliza ampara la Responsabilidad Civil (o como se la conoce
usualmente "a terceros") significa que la aseguradora se obliga a
mantener indemne al asegurado y/o al conductor autorizado a
manejar el vehículo por cuanto deban a un tercero
(transportado o no transportado) como consecuencia de los daños
causados por ese vehículo o, en caso de vehículos comerciales,
por la carga transportada en condiciones reglamentarias, durante la
vigencia de la póliza. La
aseguradora asume esa obligación unicamente a favor del asegurado y
del conductor y hasta la suma máxima establecida: vehículos
particulares y comerciales $ 3.000.000 / vehículos de transporte de
personas y camiones de mas de 10 ton. $ 10.000.000 En relación
a la cobertura hacia personas transportadas la aseguradora cubre los
daños corporales unicamente sufridos por terceras personas
transportadas en el habitáculo destinado a tal fin siempre que su
número no exceda la capacidad indicada en las especificaciones de
fabrica o la admitida como máxima para el uso normal del vehículo o
mientras asciendan o desciendan del mismo. No se
consideran terceros: cónyuge y parientes hasta el tercer grado de
consanguineidad o afinidad del asegurado o conductor y los empleados
en relación de dependencia siempre que el hecho haya ocurrido en
oportunidad o con motivo del trabajo. Se excluye
de la cobertura los siguientes casos:
Por consultas, comentarios, opiniones o preguntas --> colombo@colomboasesores.com.ar |
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3 :.
para tener en cuenta: denuncia del siniestro -> plazos Cuando ocurre un siniestro Ud. tiene un plazo de 3 días desde el momento en que se produce o desde que toma conocimiento del mismo para denunciarlo a la aseguradora. |
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La Ley de Seguros (N° 17418) señala que las denuncias y declaraciones que la misma impone o que el contrato de seguro (la póliza) obliga a realizar se consideran cumplidas si se ejecutan dentro de los términos fijados para cada caso. Asimismo indica que "el asegurado pierde el derecho a ser indemnizado..." si no cumple con esta obligación "... salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia." De todas formas, el asegurador no puede negar la cobertura si el asegurado omite o demora la denuncia si, al momento en que debió realizarse, tenía conocimiento de esas circunstancias. Por lo expuesto es imprescindible denunciar la ocurrencia de un siniestro dentro de los 3 días de ocurrido para no perder el derecho a ser indemnizado. Sin embargo aconsejamos que inmediatamente de producido se nos informe para facilitar las tareas de inspección, liquidación y, posterior, cobro de la indemnización. Por consultas, comentarios, opiniones o preguntas --> colombo@colomboasesores.com.ar
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4 :. prevención: prueba de alcoholemia -> derechos y obligaciones Uno de nuestros más antiguos suscriptores, Pedro Martí Garro, Consultor de Seguridad (pedro_martigarro@arnet.com.ar ) nos ha enviado una de sus notas la que publicamos integra por lo interesante y actual. |
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=========== CUIDADO CON LA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA
Cuando uno ha tomado unos
tragos NO debe de manejar,
ya que no solo se expone la propia vida, sino también la de
pasajeros y transeúntes.
Hasta nuestro próximo encuentro,
PEDRO MARTÍ GARRO
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Cuando uno toma alcohol, el nivel de alcohol en sangre aumenta. El
contenido de alcohol del aire exhalado refleja con precisión el
contenido de alcohol de la sangre. La Prueba de Alcoholemia determina cuanto alcohol hay en la sangre, midiendo la cantidad de alcohol en el aire que uno exhala. Existen distintos métodos de hacerlo, y el dispositivo usado puede ser electrónico o manual. Un tipo de medidor manual común requiere que la persona infle un globo con un solo soplo continuo hasta que este lleno y luego se libera el aire dentro de un tubo de vidrio, el cual esta lleno de bandas de cristales amarillos. Las bandas en el tubo cambian de colores (de amarillo a verde), dependiendo del contenido de alcohol. Lea las instrucciones cuidadosamente antes de usar la prueba con el fin de garantizar un resultado preciso. Si se emplea un alcoholímetro electrónico, siga las instrucciones que vienen con el aparato. MEDIDA DE ALCOHOLEMIA: MUY IMPORTANTE! Usted debe saber que el limite permisible en varios países es de 0.05 (NR: averigüe en el suyo!) Supongamos que usted ha tomado una copa de vino y ha comido algo ligero; la Policía de Transito lo detiene cuando esta manejando, y le exigen realizar la prueba de alcoholimetría. He aquí lo que podría suceder (no olvide que así como uno tiene obligaciones también tiene derechos): 1. El Agente le pide que se baje del vehiculo. En principio usted NO debe bajar. 2. Frente a usted el Agente debe abrir un empaque sellado, sacar una boquilla nueva y colocarla en el medidor. 3. Le pide que sople. (Para el ejemplo aquí mencionado, digamos que vino + sandwich = aprox. 1.8 de medición). Mucho cuidado, como saben que la gente se pone nerviosa, algún agente podría pedirle que vuelva a soplar. 4. Le piden que sople de nuevo. JAMAS LO HAGA EN LA MISMA BOQUILLA, porque si vuelve a soplar, los primeros gases de alcohol que emitió se acumularan a los contenidos en el segundo soplido y la medición será ahora de aprox. 3.6. Le piden que sople otra vez: si lo hace, entonces el aparato marcara 5.4, el Agente imprimirá el ticket que emite el aparato, y con ello habrán construido, ipso facto, *pruebas* que demuestran que Ud. se paso del limite permitido. La concentración de alcohol tiene un nivel en el aire exhalado. Si sopla la boquilla del alcoholímetro varias veces, se incrementa la cantidad de alcohol acumulada. 5. Con el ticket impreso, ya perdió, porque se acaba de hacer acreedor a una multa y la inmovilización del vehiculo. Al investigar sobre las
sanciones administrativas resulta que
NADIE ESTA OBLIGADO A
SOPLAR MAS DE UNA VEZ
(por legislación), y mucho menos con la misma boquilla.
Por consultas, comentarios, opiniones o preguntas --> colombo@colomboasesores.com.ar |
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5 :. nuestros servicios y beneficios |
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Director:
Carlos E. Colombo |
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