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capítulo 01 - denuncia del siniestro

"colombo explica" es una publicación periódica y gratuita con contenidos orientados a informar, orientar y difundir temas vinculados al seguro en forma simple, clara y concreta para lograr un mayor conocimiento sobre la legislación vinculada a esta actividad.


Denuncia del siniestro - plazos para realizarlo y ante quien hacerlo

Cuando ocurre un siniestro el asegurado tiene un plazo de 3 días desde el momento en que se produce o desde que toma conocimiento del mismo para denunciarlo a la aseguradora.

La Ley de Seguros (N° 17418) señala que las denuncias y declaraciones que la misma impone o que el contrato de seguro (la póliza) obliga a realizar se consideran cumplidas si se ejecutan dentro de los términos fijados para cada caso.

Asimismo indica que "el asegurado pierde el derecho a ser indemnizado..." si no cumple con esta obligación "... salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia."

De todas formas, el asegurador no puede negar la cobertura si el asegurado omite o demora la denuncia si, al momento en que debió realizarse, tenía conocimiento de esas circunstancias.

Por lo expuesto es imprescindible denunciar la ocurrencia de un siniestro dentro de los 3 días de ocurrido para no perder el derecho a ser indemnizado.

Sin embargo aconsejamos que inmediatamente de producido nos informe para facilitar las tareas de inspección, liquidación y, posterior, cobro de la indemnización.


 

Recuerde: por cualquier duda, comentario o aclaración comuníquese con nosotros a los
teléfonos 4781-8900 / 4788-4489 / (15) 4479-2045

o a colombo@colomboasesores.com.ar

para que podamos orientarlo, aconsejarlo y colaborar en la solución de sus problemas de seguros.

 

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