capítulo 01 - denuncia del siniestro |
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Denuncia del siniestro - plazos para realizarlo y ante quien hacerlo Cuando ocurre un siniestro el asegurado tiene un plazo de 3 días desde el momento en que se produce o desde que toma conocimiento del mismo para denunciarlo a la aseguradora. La Ley de Seguros (N° 17418) señala que las denuncias y declaraciones que la misma impone o que el contrato de seguro (la póliza) obliga a realizar se consideran cumplidas si se ejecutan dentro de los términos fijados para cada caso. Asimismo indica que "el asegurado pierde el derecho a ser indemnizado..." si no cumple con esta obligación "... salvo que acredite caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia." De todas formas, el asegurador no puede negar la cobertura si el asegurado omite o demora la denuncia si, al momento en que debió realizarse, tenía conocimiento de esas circunstancias. Por lo expuesto es imprescindible denunciar la ocurrencia de un siniestro dentro de los 3 días de ocurrido para no perder el derecho a ser indemnizado. Sin embargo aconsejamos que inmediatamente de producido nos informe para facilitar las tareas de inspección, liquidación y, posterior, cobro de la indemnización.
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