15-04-2016

           


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SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO

A partir del mes de mayo de 2016 se incrementa la suma asegurada y,

en consecuencia, el costo mensual por empleado

suma asegurada $ 33.330 / costo mensual por trabajador $ 6,83

 


 

foto obtenida de www.sevilladrecto.com

 

Con el dictado de la Resolución 39.766, la Superintendencia de Seguros de la Nación estableció que, a partir del 1º de mayo de 2016, la suma asegurada del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio alcanzará la suma de $ 33.330 por cada trabajador en relación de dependencia.

 

Como la tasa de prima mensual se mantiene en el valor fijo de $ 0,205 por cada $1.000 de suma asegurada, el costo por cada trabajador será de $ 6,83 a partir del 01-05-2016

 

En relación al derecho de emisión que se debe pagar cuando se emite o renueva una póliza se mantiene sin cambios:

- hasta 25 asegurados: $ 12

- entre 26 y 50: $ 17

- más de 50: $ 25

 

Estas modificaciones se aplican a las nuevas pólizas y a la vigentes por lo que, en los pagos a efectuar a través del F.931 del mes de abril, se debe abonar el importe de $ 6,83 por cada empleado.

 

Para el caso de estos seguros que cubren al personal doméstico y que se pagan una vez al año, las aseguradoras deberán emitir un endoso actualizando la suma asegurada hasta $ 33.330 y facturando la diferencia resultante.

 

Le recordamos algunas características de este seguro

 

Seguro colectivo de vida obligatorio (Dec.1567/74):

 

Todo empleador está obligado a contratar un Seguro Colectivo de Vida Obligatorio con el objeto de asegurar el riesgo de muerte de sus trabajadores en relación de dependencia, de acuerdo al Decreto n° 1567/74

 

Este seguro es independiente de todo otro beneficio social seguro o indemnización de cualquier naturaleza fijados en convenios colectivos leyes o contratos.

 

El costo del seguro debe ser pagado totalmente por el empleador.

 

La falta de contratación de este seguro hace responsable al empleador del pago del beneficio, sin perjuicio de otras sanciones que puedan corresponder.

 

 

 


 

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