08-02-2016

        

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COLOMBOnoticias  es una publicación periódica con contenidos orientados a informar, orientar y difundir temas vinculados a la prevención de accidentes, seguros en general, riesgos del trabajo y temas afines con el objetivo de brindar las herramientas necesarias para lograr seguridad, protección y mayores beneficios en su actividad profesional, comercial y particular.

 

LA RESPONSABILIDAD DEL PROPIETARIO

de un automóvil ante un accidente después de su venta


noticia en CLARIN del día 07-02-2016

 


 

 

 

La noticia publicada en el diario Clarín del día 07-02-2016 se refiere a una persona (en esta caso, una ex Miss Argentina y, de ahí, la mayor trascendencia de la misma) que atropelló a un agente municipal que circulaba en moto por una avenida de la ciudad de Posadas.

Tras el accidente Rocio Santa Cruz (la causante del accidente) se dió a la fuga y posteriormente se presentó con sus abogados ante el Juez de la causa. El motociclista murió por las heridas sufridas.

 

Hasta aquí la descripción de los hechos, pero ahora viene lo importante desde el punto de vista de nuestra especialidad profesional: el seguro.

 

Dice, textualmente, la noticia: " . . la mujer no había concretado la transferencia del auto (que había adquirido 2 semanas antes) y tampoco estaba vigente el seguro, motivo por el cual el titular registral del bien también podría ser demandado".

 

Dos gravísimos errores!!!!

 

1 - hasta que no se concrete la transferencia registral de un vehículo NO SE DEBE DAR DE BAJA SU PROPIO SEGURO. Este tema lo insistimos e insistimos cuando un cliente vende su auto pero no realiza la transferencia. A efectos prácticos, a pesar que haya vendido su auto, entregado las llaves, cobrado la totalidad del valor pactado, sigue siendo "dueño" del mismo hasta que se anote la baja por venta, o sea, la transferencia del dominio a su nuevo propietario. Eso significa que se es responsable por cualquier daño que "su" automóvil provoque a terceros.

 

2 - a pesar de no ser "dueño" de su nuevo auto (porque no concretó lo más importante, que es la transferencia) puede contratar un seguro para protegerse ante un accidente como conductor del mismo.

El nuevo "dueño" tiene un interés legítimo sobre ese bien (que aun no es suyo, registralmente hablando), y por tal motivo tiene derecho a protegerse ante la eventualidad de un accidente, contratando un seguro.

 

La falta de asesoramiento o el mal asesoramiento pueden provocar

gravísimos problemas patrimoniales.

Por eso, sobre temas vinculados a seguros, solo los productores asesores de seguros profesionales estamos capacitados para asesorar, informar, aconsejar y prevenir este tipo de problemas.

 
Aproveche nuestro conocimiento, experiencia y dedicación.
 

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