ART: importe a pagar según las horas de trabajo semanal del personal doméstico
Por medio de las resoluciones conjuntas de la Superintendencia de Seguros de la Nación (nro. 38579/2014) y de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (nro. 2265/2014) publicadas en el Boletín Oficial el día 15-09-14 se establecieron las sumas a pagar para la cobertura del seguro de riesgos del trabajo según la cantidad de horas de trabajo semanal del personal doméstico
Las sumas a pagar para la cobertura del seguro de riesgos del trabajo (ART) según la cantidad de horas de trabajo semanal del personal doméstico son las siguientes:
El precio será el mismo cualquiera sea la aseguradora elegida y cada empleador deberá contratar este seguro aunque el personal trabaje para varios empleadores.
Sobre este mismo tema, la AFIP informó los nuevos montos a ingresar por aportes y contribuciones del personal doméstico a partir de septiembre de 2014.
Salvo en los casos que se trate de menores comprendidos entre los 16 y 18 años o personas jubiladas, los montos son los siguientes:
Por tal motivo, a partir de noviembre de 2014, si Ud. tiene a su personal doméstico registrado ante la AFIP (es decir, "en blanco") deberá abonar mensualmente los siguientes montos, según la cantidad de horas trabajadas en la semana:
En los próximos días, cuando las ART hayan preparado los formularios a completar nos comunicaremos con Ud. para proceder a realizar la afiliación a alguna de las aseguradores con las cuales trabajamos.
Si Ud. tiene contratado por nuestro intermedio un seguro de ACCIDENTES PERSONALES para su personal doméstico daremos el alta en la ART y la baja del seguro de accidentes personales.El seguro de VIDA OBLIGATORIO permanece sin cambios.
Recuerde que
por cualquier duda, comentario o aclaración comuníquese con nosotros colombo@colomboasesores.com.ar
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