18-09-2014

        

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ART: importe a pagar según las horas de trabajo semanal del personal doméstico

 

 

 

 

 

 

Por medio de las resoluciones conjuntas de la Superintendencia de Seguros de la Nación (nro. 38579/2014) y de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (nro. 2265/2014) publicadas en el Boletín Oficial el día 15-09-14 se establecieron las sumas a pagar para la cobertura del seguro de riesgos del trabajo según la cantidad de horas de trabajo semanal del personal doméstico


 

 

 

 

 

 


 

Las sumas a pagar para la cobertura del seguro de riesgos del trabajo (ART) según la cantidad de horas de trabajo semanal del personal doméstico son las siguientes:

 

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE IMPORTE A PAGAR
MENOS DE 12 $ 130
DESDE 12 A MENOS DE 16 $ 165
16 ó MAS $ 230

 

 

El precio será el mismo cualquiera sea la aseguradora elegida y cada empleador deberá contratar este seguro aunque el personal trabaje para varios empleadores.

 

Sobre este mismo tema, la AFIP informó los nuevos montos a ingresar por aportes y contribuciones del personal doméstico a partir de septiembre de 2014.

 

Salvo en los casos que se trate de menores comprendidos entre los 16 y 18 años o personas jubiladas, los montos son los siguientes:

 

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE IMPORTE A PAGAR IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES CONTRIBUCIONES
MENOS DE 12 $ 31 $ 19 $ 12
DESDE 12 A MENOS DE 16 $ 59 $ 35 $ 24
16 ó MAS $ 268 $ 233 $ 35

 

 

Por tal motivo, a partir de noviembre de 2014, si Ud. tiene a su personal doméstico registrado ante la AFIP (es decir, "en blanco") deberá abonar mensualmente los siguientes montos, según la cantidad de horas trabajadas en la semana:

 

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE IMPORTE A PAGAR POR APORTES + CONTRIBUCIONES + SEGURO RIESGOS DEL TRABAJO
MENOS DE 12 $ 161
DESDE 12 A MENOS DE 16 $ 224
16 ó MAS $ 498

 

 

En los próximos días, cuando las ART hayan preparado los formularios a completar nos comunicaremos con Ud. para proceder a realizar la afiliación a alguna de las aseguradores con las cuales trabajamos.

 

Si Ud. tiene contratado por nuestro intermedio un seguro de ACCIDENTES PERSONALES para su personal doméstico daremos el alta en la ART y la baja del seguro de accidentes personales.

El seguro de VIDA OBLIGATORIO permanece sin cambios.

 

 


 

 

Recuerde que por cualquier duda, comentario o aclaración comuníquese con nosotros 
4781-8900 / 4788-4489 / (15) 4479-2045

colombo@colomboasesores.com.ar

 

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